Ser una institución eficiente, innovadora y eficaz en la administración de la Hacienda Pública, dentro de un marco de legalidad, justicia y honestidad, que permita una mejor asignación y uso de los recursos públicos.
Somos la institución del Estado responsable de la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas y el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República; lo relativo a la deuda pública, la programación de la inversión pública, en un marco de legalidad y transparencia, para contribuir al desarrollo económico del país.
- Implementar gradualmente la Metodología de Presupuesto Base Cero, con la finalidad de que las asignaciones de gasto e inversión respondan a las prioridades de gobierno y los ejes transversales (Género, Territorio y Derechos Humanos).
- Reformar el marco legal de la Caja Única del Tesoro (CUT), para permitir la utilización de instrumentos financieros, la fungibilidad de los fondos y la programación eficiente de la ejecución del gasto.
- Elaborar y ejecutar una estrategia de financiamiento interno y externo, que incluya la diversificación de fuentes y el cambio climático, procurando las mejores condiciones y la sostenibilidad de la deuda.
- Evaluar y Priorizar los perfiles de proyectos de inversión pública de acuerdo con el programa de Gobierno, y dar seguimiento a la ejecución física y financiera para garantizar el cumplimiento de los objetivos de cada proyecto.
- Elaborar en coordinación con los entes recaudadores (SAR, AAH) una propuesta de política tributaria que incluya, la evaluación de exoneraciones, exenciones, incentivos y beneficios fiscales, así como la revisión de leyes de impuesto sobre renta y venta y demás normativa en materia tributaria y aduanera, para aumentar la recaudación y erradicar la evasión y elusión fiscal.
- Definir los escenarios macrofiscales para la formulación de la política fiscal (bienes y servicios, presupuesto y estabilidad financiera) consistente con los objetivos de los cuatro sectores de la economía: real, externo, monetario y fiscal
De conformidad al Artículo 57 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo que señala:
Compete a la Secretaría de Finanzas:
1) La formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas y el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, asegurando su compatibilidad con las estrategias definidas por el Presidente de la República, incluyendo:
a) Los asuntos relativos a la administración de la Hacienda Pública;
b) La preparación del proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y, aprobado éste, su ejecución y liquidación anual, observando las políticas de gasto y de inversión pública establecidas por el Presidente de la República en el Gabinete Económico, oyendo a las Secretarías de Estado;
c) La contabilidad gubernamental, incluyendo la preparación de los estados financieros consolidados del sector público;
d) Los servicios de recaudación y administración de ingresos;
e) El servicio de tesorería;
f) La publicación trimestral del Estado de Ingresos y Egresos de la Renta Pública;
g) El inventario, control y asignación de la propiedad estatal, mueble e inmueble;
h) Los registros de contratistas del Estado;
i) La emisión y control de especies fiscales de conformidad con las leyes.
2. Lo relativo al crédito público y la deuda pública, interna y externa, incluyendo su registro y administración;
3. La programación de la inversión pública de acuerdo con las políticas aprobadas por el Presidente de la República en el Gabinete Económico;
4. El control fiscal de las operaciones de importación o de exportación de bienes o de cualquier otra actividad relacionada, que se realicen en los puertos marítimos o terrestres y en los aeropuertos, por medio del servicio de aduanas;
5. El control fiscal de las operaciones que se realicen en zonas libres u otras zonas francas, y en los almacenes generales de depósito;
6. La prevención y combate del contrabando y la defraudación fiscal;
7. Todo lo relacionado con las obligaciones tributarias a cargo de particulares, incluyendo la inspección y control de su cumplimiento, de conformidad con las leyes;
8. El ejercicio de la superintendencia financiera de las instituciones descentralizadas, incluyendo la emisión de dictámenes relacionados con sus proyectos de presupuesto; y el seguimiento y evaluación de la ejecución del Programa de Inversión y del
9. Los demás asuntos previstos en leyes especiales.
En 1825, cuatro años después de la declaratoria de Independencia de los países Centroamericanos, la Hacienda Pública como se le denominaba al ente responsable de manejar las arcas nacionales en Honduras, recibe el nombre de Ministerio de Hacienda.
Posteriormente en el año de 1865 se decide nombrarlo Ministerio de Hacienda y Guerra y en 1872 toma el nombre de Hacienda y Relaciones Exteriores. Un año después se le denomina Gobernación y Hacienda.
Sin embargo, es en el año de 1880 que recibe el nombre de Secretaría de Estado en los Despachos de Hacienda y Crédito Público, nombre que mantiene hasta 1954, tiempo en el que se le agrega la responsabilidad de manejar el área de comercio por lo que se le denomina Secretaría de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público y Comercio. Posteriormente en 1957 se denominó Secretaría de Economía y Hacienda, nombre que mantiene hasta el año de 1971.
Es en el Decreto No. 129 del 5 de febrero de 1971, en el que se separa la función de Comercio que se le había asignado en 1957, dejándolo como Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Por otra parte, bajo la influencia de los aires de modernización que se comienzan a sentir a inicios de la década de los 90, se producen reformas a la estructura orgánico-funcional de la Ley de Administración Pública, lo que establece cambios sustanciales estipulados en el Decreto No. 218-96 de 1996. Estos cambios tienen su incidencia en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ya que a partir de ese momento recibe el nombre de Secretaría de Finanzas, lo que obedece a la necesidad de desarrollar el sistema de Administración Financiera Integrada que conjugue los Sistemas Gerenciales de Presupuesto, Contabilidad, Tesorería, Crédito Público y Recaudación de Ingresos para promover el proceso de descentralización en un marco de desarrollo sostenible.
Así surge nuestro edificio
Bajo la administración del Doctor Juan Manuel Gálvez, se decide la construcción del edificio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el cual es inaugurado en 1950 por el Presidente Gálvez y el entonces Ministro Marco Antonio Batres.
En 1977 se inicia la construcción del edificio anexo, que consta de nueve pisos, durante la gestión del Ministro Porfirio Zavala.
La obra es inaugurada en el mes de Julio de 1980, bajo la administración del Señor Valentín Mendoza.
En la madrugada del 30 de octubre de 1998, la Secretaría de Finanzas es fuertemente sacudida por las inundaciones provocadas por la Tormenta Tropical Mitch, las pérdidas son cuantiosas y la infraestructura es debilitada por lo que se toman medidas de emergencia.
La intempestiva llegada del fenómeno natural provoca la pronta decisión de iniciar con la rehabilitación y remodelación del Edificio Principal y su Anexo, bajo la perspectiva de devolver a la Secretaría su estructura clásica y original combinado con ambientes modernos y funcionales, logrado con los aportes financieros de USAID y HONDUTEL, así como las sugerencias del Instituto Hondureño de Antropología e Historia en los esfuerzos de reconstrucción y remodelación de la Secretaría de Finanzas.
Haciendo honor a la gran labor como Ex-Ministro de Hacienda y ciudadano de alto valor en las reflexiones y opiniones sobre asuntos económicos y sociales del país, la Secretaría de Finanzas decidió designar al Salón de Conferencias con el nombre de: JORGE BUESO ARIAS